Porque se incrementan en cinco puntos los beneficios fiscales para personas que colaboran con entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al mecenazgo, gracias a la modificación del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo publicado en el BOE de 6 de mayo de 2020, en el artículo 19 de la Ley 49/2002. Este incremento afecta a las donaciones realizadas por contribuyentes de IRPF y por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que operen en territorio español sin establecimiento permanente. Los nuevos porcentajes de deducción aplican desde 1 de enero de 2020.
Los nuevos porcentajes de deducción son los siguientes:
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