Donativos
En cualquier momento puedes realizar un donativo utilizando cualquiera de los medios que te proponemos a continuación:
Donación con Bizum:
Puedes realizar la donación mediante Bizum enviando el código 00886 a través de la app móvil.
Donación a través de PayPal
Puedes realizar la donación directamente si tienes una cuenta en PayPal. Si no dispones de cuenta en PayPal, puedes hacer el donativo a través de tu tarjeta de crédito. Para realizar la donación, por favor, pulsa el botón Donar.
Donación mediante transferencia bancaria
Efectuando un ingreso o transferencia bancaria a cualquiera de las siguientes cuentas:
Cuentas bancarias de Fundación Aldaba – Proyecto Hombre en Valladolid
-
Unicaja: ES44 2103 4403 4100 3302 9816
-
Banco Santander: ES10 0075 5707 1706 0058 5208
-
CaixaBank: ES64 2100 2303 4702 0006 9796
Obtener más información
Si tienes algún problema al realizar tu donación, o deseas realizarnos alguna consulta sobre cualquier tema relacionado con las formas de colaboración con Fundación Aldaba – Proyecto Hombre, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de una de las siguientes vías y te proporcionaremos toda la información que nos solicites:
Para obtener información acerca de las donaciones:
- Llámanos al teléfono 983 25 90 30
- Envíanos un correo electrónico a la dirección: info@proyectohombreva.org
- Solicítanos información adicional a través de nuestro formulario de contacto:
Deducciones Fiscales (excepto Navarra y el País Vasco)
Personas Físicas IRPF | Deducciones |
---|---|
Primeros 150€ | 80% |
Resto | 35% |
Donaciones plurianuales (+ 3 años a Fundación Aldaba - Proyecto Hombre)** | 40%** |
Límite deducción base liquidable | 10% |
Personas Jurídicas I.S. (Empresas, asociaciones...) | Deducciones |
---|---|
Si es la primera vez que dona a Fundación Aldaba - Proyecto Hombre | 35% |
Si ha donado a Fundación Aldaba - Proyecto Hombre, al menos 3 años seguidos *** | 40%*** |
Límite deducción base liquidable | 10% |
Las personas o empresas que tributen en País Vasco o Navarra se regirán por su propia fiscalidad.
* Sólo se pueden beneficiar de estas ventajas las personas que hayan contribuido con el IRPF en el ejercicio fiscal y estén obligadas a realizar la Declaración de la Renta, con un límite de deducción del 10% de la base liquidable.
** En caso de haber donado más de 150€ durante 3 años seguidos, el importe ha de ser igual o superior, en cada uno de ellos, al ejercicio anterior para beneficiarse del incremento de deducción indicado.
*** En caso de haber donado durante 3 años seguidos, el importe ha de ser igual o superior, en cada uno de ellos, al ejercicio anterior para beneficiarse del incremento de deducción indicado.